El miércoles 21 de enero la Mesa Directiva de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados resolvió: "Exhortar al Gobierno del Estado de México y al Instituto Nacional de Antropología e Historia a establecer, de manera urgente, la mesa de trabajo que integre a los tres niveles de gobierno: estatal, municipal y federal, así como a las organizaciones sociales y especialistas, para que en apego a las facultades del INAH y el interés del pueblo de México se potencie integralmente el Programa Regional de Desarrollo del Corredor Turístico-del Corredor Teotihuacan-Acolman-Otumba-San Martín-Axapusco-Nopaltepec"
Específicamente en cuanto al evento Resplandor Teotihuacano la mesa directiva resolvió y exhortó al INAH y al gobierno del Estado de México sobre los siguientes puntos:1.- PROTECCION DEL PATRIMONIO CULTURAL
2.- SUSPENSION DE LOS TRABAJOS DE PERFORACION Y ANCLAJE
3.- REVERSION DE LOS PROCESOS LESIVOS
4.- PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD ACADEMICA Y EXPERTOS DEL INAH EN EL DISEÑO DE LOS PROYECTOS
5.- TRANSPARENCIA Y RENDICION DE CUENTAS.
A continuación transcribimos el texto íntegro de dicha resolución, cuya importancia en esta ocasión radica en que está signada por los Diputados de los diferentes partidos que integran la Mesa Directiva de la Comisión de Cultura.¿Acatarán, ahora sí, el gobernador del Estado de México y el director general del INAH este segundo resolutivo? Por lo pronto es muy importante que la sociedad lo conozca por eso lo incluimos en su totalidad en el presente blog:INFORME DE LA COMISIÓN DE CULTURA SOBRE EL PROGRAMA REGIONAL DE DESARROLLO TURÍSTICO DEL CORREDOR TEOTIHUACAN- ACOLMAN-OTUMBA-SAN MARTÍN-AXAPUSCO-NOPALTEPEC Y EN PARTICULAR AL PROYECTO RESPLANDOR TEOTIHUACANO.
H. COMISIÓN PERMANENTE
Antes de finalizar, queremos insistir en la necesidad de
que la arqueología alcance ya el nivel científico
que le pertenece, y que no se convierta
en un medio para restauraciones de
monumentos para el turismo,….
Eduardo Matos Moctezuma
Con fundamento en el numeral 6, inciso g del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados nos permitimos presentar a consideración de los integrantes de la Comisión Permanente y de la Junta de Coordinación Política de este órgano legislativo el siguiente informe relativo al Programa Regional de Desarrollo Turístico del Corredor Teotihuacan-Acolman-Otumba-San Martín-Axapusco-Nopaltepec y en particular en relación al proyecto Resplandor Teotihuacano bajo los siguientes considerandos:
CONSIDERACIONESLa Zona Arqueológica de Teotihuacan
La cultura teotihuacana tuvo un esplendor de seiscientos años que abarcan los siglos I al VIII, en ese periodo se desarrolla la vertiente de la que abrevarán las culturas del altiplano, particularmente los mexicas.
Según el doctor Miguel León Portilla (1), la Ciudad de Teotihuacan, fue en su tiempo, una de las mayores urbes en el mundo, abarcaba 22 kilómetros cuadrados y que su población alcanzaba los 70 mil habitantes, esto explica el por qué se considera una de las más grandes obras culturales de la humanidad, además de los sistemas de conocimientos logrados por la Civilización Mesoamericana, como son la escritura y el cómputo de los días en un calendario de gran precisión. La Zona Arqueológica de Teotihuacan es una de las zonas más estudiadas y conocidas por especialistas mexicanos y más allá de nuestras fronteras. Las diferentes referencias a Teotihuacan permiten constatar que por casi 750 años, no hubo ciudad en Mesoamérica que compitiera con las dimensiones, fama y poder de Teotihuacan.
TESTIMONIOS
Los testimonios de los cronistas de la época colonial como Fray Gerònimo de Mendieta, el padre Motolinìa, Fray Bernardino de Sahagún y Fray Juan de Torquemada, Francisco Xavier Clavijero y Francisco del Paso y Troncoso, entre otros, dan cuenta de la existencia de las grandes pirámides y de lo que llaman montículos, sin embargo es Fray Juan de Torquemada quien ofrece el siguiente testimonio:
“Lo que sabré afirmar en esto, es, que estos Indios de esta Nueva-España tenían dos templos de grandísima altura y grandeza, edificados a seis leguas de esta Ciudad, junto a San Juan Teotihuacan…, los cuales estaban apartados de poblado y lo están ahora, aunque no en mucha distancia, y alrededor de ellos, hay otros asientos de otros, que pasan de más de dos mil; por lo cual se llama aquel lugar Teotihuacan, que quiere decir, Lugar de Dioses”
[1]Fray Bernardino de Sahagún recibe por sus informantes la referencia del gran centro ceremonial Teotihuacan, cuya ubicación se identifica junto al pueblo que se llama San Juan Teotihuacan.
EXPEDICIONES A TEOTIHUACAN
Los viajeros y expedicionarios dan cuenta del asombro ante Teotihuacan; según el arqueólogo Eduardo Matos Moctezuma Teotihuacan es uno de los sitios más estudiados arqueológicamente, y sus primeras expediciones datan del siglo XVII, cuando Gemelli Carreri llega a Teotihuacan en la expedición comandada por Pedro de Alva, sin embargo, es hasta el siglo XIX en que se multiplican las crónicas y las expediciones: Alexander von Humboldt ofrece su testimonio en Sitios de las Cordilleras y Monumentos de los Pueblos Indígenas de América, en que publica las investigaciones y cálculos que el científico mexicano, Juan José de Oteiza y Vértiz hiciera en 1803, de la altura y medidas de la base piramidal y secciones de las Pirámides de Teotihuacan.
[2]Sin embargo, es hasta el año de 1864, con la expedición de la Comisión Científica de Pachuca, que estudiosos como Gamio, consideran el inicio del estudio formal de las ruinas de la zona arqueológica. En el año 1877, Don Gumersindo publicó en los Anales del Museo Nacional, el resultado de sus investigaciones. Unos años después, en 1885, el explorador francés Desiré Charnay ofrece en su obra, Les Anciennes Villes du Noveau Monde, una descripción de Teotihuacan, y los hallazgos realizados después de las excavaciones que realizó en el lado occidental de la Calzada de los Muertos y en el panteón del pueblo de San Juan Teotihuacan. Son altamente consideradas las aportaciones del profesor William H. Holmes, publicadas en 1897, con un método cercano a los procedimientos de la arqueología científica.
A partir de su nombramiento como inspector de Monumentos Arqueológicos en 1884, el señor Leopoldo Batres inicia las expediciones por cuenta del gobierno; posteriormente, entre 1905 y 1910 realizará las obras de reconstrucción con la escalinata solicitada por el presidente Díaz, así como una línea de tren que pasaba al pie de las pirámides.. Es para las celebraciones de las fiestas del Centenario que se inauguran las obras la zona arqueológica, que se reconstruye con afectaciones a por lo menos siete metros del basamento original y la destrucción de algunos murales de los cuales no se registraron ni las imágenes.
Sin duda las investigaciones de Manuel Gamio, arrojaron nueva luz, no sólo de la riqueza e importancia de Teotihuacan en el conocimiento científico del México prehispánico; Gamio no solo emprendió la primera investigación científica, basada en la geología, particularmente en la estratigrafía, que son excavaciones, que se realizan con el objeto de precisar la sucesión y formación de las diversas capas que constituyen el subsuelo, así como el análisis de los restos animales y vegetales, de la misma manera que los vestigios materiales; pero Gamio no se contentó con inaugurar la arqueología científica en México, integró a su estudio disciplinas como la etnología y la antropología cultural de las poblaciones del Valle de Teotihuacan.
En el sexenio del presidente Adolfo López Mateos, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, comenzó importantes trabajos el "Proyecto de Teotihuacan", en el mes de septiembre de 1962 cuyos trabajos finalizaron en septiembre de 1964, dejando a la vista, la gran Plaza de la Pirámide del Sol y el complejo Palacio de Quetzal-mariposa, la Calle de los Muertos, la Plaza de la Pirámide de la Luna, se construyó también una carretera para facilitar la comunicación con la zona arqueológica.
Desde entonces, los trabajos de Investigadores como los de William Sanders, Laurette Sejourné, Eduardo Matos Moctezuma o Jacques Soustelle han dado luz a numerosos aspectos de la cultura teotihuacana: cosmogonía, poesía, cerámica, murales, rituales, ceremonias, astrología, etc.
Recientemente, en el año 2003 se dieron a conocer los resultados de las investigaciones bajo la pirámide de la Luna, coordinada por el arqueólogo Rubén Cabrera Proyecto Pirámide de la Luna en colaboración con el japonés Saburo Sugiyama. Posteriormente en el año 2006 se dan a conocer los nexos e influencia de la cultura teotihuacana en la cultura maya, así como el carácter central de la jerarquía militar de una cultura que se había concebido como sacerdotal.
PRECEDENTES HISTÓRICOS EN EL RESGUARDO DEL PATRIMONIO CULTURAL MEXICANO
La protección del patrimonio cultural y su expresión en la identidad nacional, consistió en uno de los imperativos de la Nación Mexicana. Por tal motivo, uno de los primeros decretos emitidos por el presidente Guadalupe Victoria, en el año de 1825, fue para crear la institución del Museo Mexicano, en cuyo acervo se encontraban la Piedra de Sol, (popularmente conocida como Calendario Azteca y más correctamente identificada como Piedra de Sacrificios), las piezas arqueológicas procedentes de la Isla de Sacrificios, la Coatlicue y los monolitos entregados por Diego de la Rosa. Baste considerar que este museo es la simiente de nuestro Museo Nacional de Antropología e Historia, en el cual, hasta entrado el siglo XX, se concentraban las colecciones arqueológicas y de historia natural, como lo documentó Alfonso L. Herrera en los catálogos de las colecciones del Museo Nacional.
Por otro lado, en el año de 1911 se iniciaron las actividades formales de la Escuela Internacional de Arqueología y Etnología Americanas, que tuvo la dirección de investigadores como Eduard Seler, Franz Boas y Manuel Gamio; esta institución legó un conjunto de innovaciones metodológicas y técnicas para realizar excavaciones; se destacaron por su importancia las de Cuicuilco, obra realizada en su mayor parte sobre una extensión cubierta de lava; el palacio de Sayil en Yucatán; la zona de Teopanzolco, o lugar del Templo Viejo, Morelos; y el templo de Quetzalcóatl en Teotihuacan.
Posteriormente en el año de 1913, el Gobierno Federal expidió un reglamento que facultaba al Museo Nacional para inspeccionar los monumentos arqueológicos, por lo que las labores académicas de Arqueología, Etnografía e Historia, mismas que se trasladaron a la Escuela de Altos Estudios. Esta institución fue fundada por Justo Sierra en 1910, mismo año en el que con una nueva organización, la Universidad de México abrió sus puertas de nueva cuenta.
A propuesta del Dr. Manuel Gamio, en el año de 1917, como parte de la Secretaría de Agricultura y Fomento, se funda la Dirección de Estudios Arqueológicos y Etnográficos, misma que el año siguiente se convirtió en la Dirección de Antropología.
La Dirección de Antropología se reubicará en el año de 1921 en la Secretaría de Educación Pública de reciente creación. Pero es hasta el año de 1930 en que podemos considerar que surge la política posrevolucionaria Protección al Patrimonio Cultural al expedirse la primera Ley que otorgaba facultades a la Dirección de Arqueología para la inspección general de monumentos: Por este motivo, es que se establece el Departamento de Monumentos Artísticos, Arqueológicos e Históricos.
En consecuencia el presidente Lázaro Cárdenas presentó al Congreso de la Unión una iniciativa de ley con el propósito de transformar el Departamento de Monumentos Artísticos, Arqueológicos e Históricos, de la Dirección de Arqueología de la Secretaría de Educación Pública, en un instituto que al tener patrimonio y personalidad jurídica propias, contaría con recursos superiores a los que el Gobierno Federal podría suministrarle, recibiría aportaciones de las autoridades estatales y municipales y de particulares. Este es el paso decisivo para la creación del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
Es importante destacar como uno de los acontecimientos más importantes para la vida cultural de México en el siglo XX, la creación de las instituciones culturales federales. A partir de entonces, se han desarrollado las políticas de educación, formación de públicos, programa cultural y resguardo patrimonial: el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, se fundó el 31 de diciembre de 1946 y el Instituto Nacional de Antropología e Historia el 3 de febrero de 1939, día en que también se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
MARCO NORMATIVO VIGENTE
El patrimonio cultural se encuentra protegido por el artículo 73, fracción XXV de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, principio del que se deriva la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas, Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su Reglamento, así como la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia, (INAH) y su Reglamento, mismo que se encuentra en proceso de revisión.
Es importante documentar que la derivación de algunos principios en materia de política cultural, guardan una historia vinculada a la configuración del horizonte de los bienes de la nación, pero en lo que respecta a la protección de nuestro patrimonio cultural, las políticas de patrimonio, resguardo e investigación se concentraron en un primer momento en el patrimonio arqueológico, el cual ha tenido una importancia sustancial en la legislación cultural y en la construcción tanto del imaginario social como de las instituciones culturales. Las historia jurídica de la protección de patrimonio arqueológico se remonta a la Ley orgánica de Secretarías de Estado, del 23 de febrero de 1861; la del 26 de marzo de 1894; el Decreto del 3 de julio de 1896 y la Ley del 11 de mayo de 1897, que se refieren por vez primera a la propiedad de ruinas y monumentos arqueológicos; la Ley del diciembre de 1902 que declaró las ruinas arqueológicas, bienes de dominio público, y la Ley del 30 de enero de 1930 que legisla en el mismo sentido.
Las diferentes leyes que preceden a la Ley Federal sobre Monumentos son significativas para armar el complejo conjunto que han definido las políticas de patrimonio, resguardo e investigación de las culturas que componen la pluralidad de nuestra civilización. El 19 de enero de 1934 se promulga la Ley sobre protección y conservación de monumentos arqueológicos e Históricos, Poblaciones Típicas y lugares de Belleza Natural”, tiene el carácter de ley federal y dispone expresamente en su artículo 2° y en el 4° el dominio de la nación de los bienes arqueológicos:
“Son del dominio de la Nación todos los monumentos arqueológicos inmuebles...
…la presente ley tendrá aplicación federal en sus preceptos relativos a Monumentos arqueológicos”.
Es así que gran parte de estos preceptos, producto de un proceso histórico, se integran en la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos de 1972, la cual define por primera vez los lineamientos de protección y resguardo del patrimonio cultural. Esta ley establece los mecanismos fundamentales de la protección de bienes culturales muebles e inmuebles, y lo diferencia en el ámbito de políticas, acciones, y competencia de instituciones específicas (Instituto Nacional de Antropología e Historia e Instituto Nacional de Bellas Artes); del concepto de monumentos: arqueológicos, artísticos e históricos, se derivan las facultades de ambos institutos.
TURISMO CULTURAL
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 identifica las políticas a favor del Desarrollo Humano sustentable, éstas se definen como parte de las políticas públicas en materia de Desarrollo Económico, y derivado de dicho desarrollo humano sustentable, se establecen las políticas en materia de Turismo. Es en esta propuesta de gobierno para el Desarrollo Económico que se define la prioridad que tendrá el turismo a favor del desarrollo económico de las comunidades y como un factor de desarrollo social:
“El Plan asume como premisa básica la búsqueda del desarrollo humano sustentable; esto es, del proceso permanente de ampliación de capacidades y libertades que permita a todos los mexicanos tener una vida digna sin comprometer el patrimonio de las generaciones futuras”.
Particularmente se define el compromiso de impulsar el desarrollo humano, por lo que, todos los programas deberán incidir en el mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades de los destinos turísticos, por medio de proyectos de prestación de servicios ligados al turismo:
“Hoy tenemos la oportunidad histórica de impulsar el desarrollo humano sustentable como motor de la transformación de México en el largo plazo y, al mismo tiempo, como un instrumento para que los mexicanos mejoren sus condiciones de vida”.Por su parte, las políticas en materia de turismo se articulan en el programa Sectorial de Turismo 2007-2012, en el cual destacamos los siguientes puntos:
1.Hacer del turismo una prioridad nacional para generar inversiones, empleos y combatir la pobreza, en las zonas con atractivos turísticos competitivos. Crear condiciones de certeza jurídica para las nuevas inversiones en los destinos turísticos del país, así como acciones para consolidar las existentes.
La política turística considerará programas de desarrollo de una amplia gama de servicios turísticos, incluyendo turismo de naturaleza, turismo rural y turismo de aventura, con la participación de las secretarías y organismos del gobierno federal que apoyan proyectos de desarrollo turístico en las zonas rurales e indígenas. En este proceso se deberá hacer converger programas como el financiamiento y capacitación a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
2.Mejorar sustancialmente la competitividad y diversificación de la oferta turística nacional, garantizando un desarrollo turístico sustentable y el ordenamiento territorial integral. Orientar los esfuerzos de la política turística y de las actividades de las entidades públicas del gobierno federal que incidan directa o indirectamente en el desarrollo del turismo hacia la competitividad nacional e internacional de las empresas, productos y atractivos turísticos del país, en un marco de sustentabilidad económica y social en coordinación con el sector privado.
3.Desarrollar programas para promover la calidad de los servicios turísticos y la satisfacción y seguridad del turista. Desarrollar programas de promoción en los mercados y segmentos turísticos de mayor rentabilidad fortaleciendo los programas de información, asistencia y seguridad al turista.
4.Actualizar y fortalecer el marco normativo del sector turismo. Promover junto con el Poder Legislativo, las comunidades y las empresas del sector, la actualización del marco legal para el desarrollo sustentable del sector e impulsar normas que garanticen la prestación de servicios turísticos competitivos.
Por su parte, el Subsector Cultura se encuentra referido en el Plan Nacional de Desarrollo en el Eje 3.8 Cultura, arte, deporte y recreación, las vertientes generales de la política cultural, se expresan en el Objetivo 21.
“Lograr que todos los mexicanos tengan acceso a la participación y disfrute de las manifestaciones artísticas y del patrimonio cultural, histórico y artístico del país como parte de su pleno desarrollo como seres humanos.”
Por otra parte, en el eje 7 Cultura y Turismo del Programa Nacional de Cultura 2007-2012, en el objetivo 1 relativo al Turismo Cultural aparece como una prioridad de gobierno:
“Promover y consolidar los mercados de turismo cultural existentes e impulsar nuevas rutas e itinerarios turístico en México.”
Sustentado en lo anterior el Gobierno del Estado de México ha promovido el
Programa Regional de Desarrollo Turístico del Corredor Teotihuacan-Otumba-Acolman-San Martín-Axapusco-NopaltepecSegún se desprende del convenio firmado el día 22 de mayo de 2007, por autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Gobierno del Estado de México y FONATUR, publicado el 16 de enero de 2008 en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.
Cabe señalar que el espíritu del legislador, ha contemplado desde el año 2003 la ampliación de horario en zonas como Teotihuacan, prueba de ello es la aprobación de la Ley de derechos, que en el 2008, preciso y clasificó los servicios y zonas arqueológicas como a continuación se indica:
LEY DE DERECHOS 2008Por su parte, en la Ley de Derechos 2008, vigente a la fecha, en el artículo 288, contempla:
“
Artículo 288. Están obligados al pago del derecho por el acceso a los museos, monumentos y zonas arqueológicas propiedad de la Federación, las personas que tengan acceso a las mismas, conforme a las siguientes cuotas:
“Áreas tipo AAA:.............................................................................................$45.00
y después del horario normal de operación …........................... $150.00
Áreas tipo AAA:
Zona Arqueológica de Palenque (con museo); Museo y Zona Arqueológica de Templo Mayor;
Museo Nacional de Antropología; Museo Nacional de Historia; Zona Arqueológica de Teotihuacan (con museos); Zona Arqueológica de Monte Albán (con museo); Museo de las Culturas de Oaxaca; Zona Arqueológica de Tulum; Zona Arqueológica de Cobá; Zona Arqueológica de Tajín (con museo); Zona Arqueológica de Chichén Itzá (con museo); Zona Arqueológica Uxmal (con museo), y Zona Arqueológica de Xochicalco (con museo);”
Es claro que la Cámara de Diputados aprobó este artículo, además de que en la LIX legislatura, se realizaron las previsiones presupuestales, en la autorización de hacer regularizable la partida correspondiente a la Ampliación de Jornada para el Instituto Nacional de Antropología e Historia; sin embargo, ninguna forma de aprovechamiento puede violentar, omitir o contravenir el marco jurídico vigente, ni poner en riesgo la integridad del patrimonio cultural.
OBSERVACIONES
Los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Cultura asumimos el compromiso para la revisión de la legalidad de los programas de instalación de la iluminación del denominado proyecto Resplandor Teotihuacano, así como las autorizaciones correspondientes, de manera en que lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 109.
PROBLEMAS Y PROPUESTAS QUE SE DESPRENDEN DE LAS INVESTIGACIONES
1. Hacemos notar que a partir de la fecha de autorización de las nuevas formas de aprovechamiento de los recintos culturales, no se han realizado las adecuaciones a los reglamentos de los recintos culturales que eviten el mal uso de los inmuebles, recintos y monumentos históricos, artísticos y arqueológicos, así como la posible trasgresión o violación del marco jurídico vigente y así evitar que se ponga en riesgo el patrimonio cultural, mueble e inmueble. Mientras las propuestas de nuevas formas de aprovechamiento pongan en riesgo el patrimonio cultural, violenten o transgredan el marco jurídico vigente, no podrán implementarse ningún programa, proyecto o actividad, y los funcionarios que los autoricen podrían ser objeto de sanciones administrativas o penales, según sea el caso. Cabe destacar, que aunque se hayan aprobado las modificaciones a la Ley de Derechos, sobre nuevas formas de aprovechamiento de los recintos culturales, eso no significa que en los programas de aprovechamiento se pueda violentar, omitir o contravenir el marco jurídico vigente, o que bajo el argumento de buscar el desarrollo económico de una región, se lesione, destruya o se ponga en riesgo la integridad del patrimonio cultural.
2. Nos manifestamos a favor de los programas de Turismo Cultural, pero consideramos que deben establecerse los medios de adecuación, amortiguamiento, planes de manejo e impacto urbano. Por otra parte, que todo programa debe hacerse en apego de lo previsto por el marco jurídico, particularmente el artículo 73, fracción XXV, la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la Ley de creación de los institutos federales, INAH e INBAL y sus reglamentos, además de lo previsto por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, particularmente en los que respecta a proyectos de inversión y sus correspondientes estudios de costo-beneficio, así como el apego –consecuente con el compromiso del Estado Mexicano- con las Convenciones Internacionales.
3. Ratificamos el sentido del exhorto que emitió la Comisión Permanente, el día 22 de diciembre de 2008, sobre el punto de acuerdo presentado por el diputado Ramón Valdés, así como por el Punto de Acuerdo inscrito el pasado 12 de enero por el Diputado José Alfonso Suárez del Real, a través del cual expresa la necesidad de formar una Mesa de Análisis sobre el proyecto de desarrollo turístico, y se proceda de acuerdo a la Ley con las sanciones correspondientes.
4. A partir de la suspensión de las obras de instalación, y una vez realizado el estudio del nivel de afectación de los monumentos arqueológicos, se proceda a realizar un proyecto de restauración, realizado por especialistas del INAH, en los tiempos que consideren necesario para garantizar la integridad de los monumentos, y con los medios que consideren indispensables. La supervisión del desmantelamiento de las lámparas y sus implementos y la restauración, serán supervisados exclusivamente por especialistas del Instituto Nacional de Antropología e Historia. En caso de documentar deterioro, afectación o destrucción se procederá en consecuencia por lo establecido por los artículos 38, 39, 40,41 y 52 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
5. Previo a la decisión de instalarse un espectáculo de luz y sonido, deberá darse a conocer el guión académico, mismo que representa el contenido cultural y la propuesta académica que fortalezca el conocimiento y genere un sentimiento de orgullo colectivo hacia la civilización teotihuacana.
6. Estamos convencidos de que el proyecto de luz y sonido, tendrá que reorientarse, y que en aras al proceso de reversión deberá garantizarse el correcto retiro de todo el material descartado y que la compañía que lleve a cabo la propuesta de diseño y la instalación deberá demostrar su probidad y experiencia en la materia, por ello es deseable valorar la pertinencia de transparentar los procesos de licitación y contratación.
7. Detectamos la falta de publicación de las obras de instalación de luz y sonido en la página del INAH, tal como lo señala, artículos 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda.
8. En lo que respecta a las autorizaciones que otorgó el Instituto Nacional de Antropología e Historia, es necesario hacer varias observaciones:
a) Al no contar esta Comisión con el proyecto inscrito ante el INAH, ni las actas de la sesión del Consejo de Arqueología, solicitamos su envío a este Colegiado.
b) Solicitamos respetuosamente, a las autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia, y a las autoridades del Gobierno del Estado de México, sometan sus proyectos a la normatividad establecida por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, y sus Reglamento, ya que es claro que el Consejo de Arqueología es un órgano colegiado que emite su opinión, pero la autorización debe emitirse por el titular el Instituto Nacional de Antropología e Historia.
c) Por otro lado, la firma de los convenios correspondientes no suplen la obligatoriedad de someterse al marco jurídico vigente, particularmente a lo que en cada caso establezca la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
9. Expresamos nuestra preocupación de encontrarnos ante la posible recurrencia de problemas del desempeño de las funciones sustantivas de la institución. Por ello exhortamos a la Institución a cumplir con las recomendaciones planteadas por la Auditoría Superior de la Federación sobre el desempeño del INAH en 2006:
“Previo a la realización de las obras, se cuenten con los estudios, proyectos, planos, especificaciones de construcción, normas de calidad, programas de ejecución y suministros y se implementen los manuales de procedimientos que permitan determinar con precisión las obligaciones y responsabilidades de los participantes en el desarrollo de los proyectos, en cumplimiento de los artículos 21, fracción X, 24 y 71 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.”
10. Reconocemos la importancia que guarda el Corredor Turístico como un proyecto de reactivación económica de la región, así como sus consecuencias en la elaboración de un gran proyecto de Desarrollo Urbano, que evite a toda costa el estrangulamiento paulatino que está sufriendo la zona arqueológica de Teotihuacan, y que de no cuidarse los efectos de los proyectos “promotores de desarrollo”, tendrán consecuencias negativas contra la zona arqueológica y los pobladores de la región. Registramos a sólo unos meses de haberse anunciado el proyecto del corredor turístico, que ya se ha detectado especulación inmobiliaria, en predios de las zona de protección A, B y C; por no mencionar que en los planes de susceptibilidad en ejidos, se cambiaría irremediablemente la configuración de la región, sin haberse alcanzado los fines en beneficio de las comunidades de la zona. Por tal motivo, consideramos que el antecedente de sometimiento al Estado de Derecho por medio del respeto al marco jurídico vigente, es la condición que permitirá, lograr que el proyecto mencionado represente la vía para garantizar un desarrollo integral, equitativo y democrático, en vinculación y respeto de nuestro extraordinario patrimonio cultural.
11. En cuanto al Turismo Cultural, proponemos a esta Soberanía la organización de un Foro Nacional sobre Turismo Cultural y Resguardo del Patrimonio Cultural.
CONCLUSIONES
I.- Tras el análisis documental, y de los diversos argumentos y posturas emitidas tanto en la visita efectuada a la zona arqueológica, como en las reuniones sostenidas en el Palacio Legislativo de San Lázaro con representantes de investigadores, arqueólogos, restauradores y arquitectos, trabajadores del Instituto Nacional de Antropología e Historia, así como con representantes del Gobierno del Estado de México, en relación al Programa Regional de Desarrollo del Corredor Turístico-del Corredor Teotihuacan-Acolman-Otumba-San Martín-Axapusco-Nopaltepec, los integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión de Cultura, consideramos que existen elementos sustantivos, que articulados bajo los principios rectores de protección patrimonial, inclusión social y transparencia fortalecerán los objetivos fundamentales de la propuesta, lo anterior sustenta que al respecto resolvamos lo siguiente:
UNICO.- Exhortar al Gobierno del Estado de México y al Instituto Nacional de Antropología e Historia a establecer, de manera urgente, la mesa de trabajo que integre a los tres niveles de gobierno: estatal, municipal y federal, así como a las organizaciones sociales y especialistas, para que en apego a las facultades del INAH y el interés del pueblo de México se potencie integralmente el Programa Regional de Desarrollo del Corredor Turístico-del Corredor Teotihuacan-Acolman-Otumba-San Martín-Axapusco-Nopaltepec
II.- En referencia al proyecto Resplandor Teotihuacano declaramos que:
A) Estamos a favor de un proyecto que proteja el patrimonio cultural, que lo promueva sin lesionarlo, que lo fortalezca en el imaginario nacional e internacional como un elemento identitario y de orgullo nacional.
B) Estamos a favor de un proyecto solidario y democrático, que garantice un desarrollo integral equitativo de todos los sectores sociales de la región, un proyecto que beneficie fundamentalmente a la economía popular de las comunidades aledañas a este extraordinario ejemplo de nuestro patrimonio cultural.
C) Estamos a favor de un proyecto con un sólido contenido educativo, que reubique la grandeza y el esplendor de la civilización teotihuacana en el ánimo y el corazón de quienes visiten esta zona, estamos a favor de un proyecto que garantice el acceso a todas las clases sociales a esta manifestación cultural.
D) Estamos a favor de un proyecto transparente, apegado a derecho, participativo, estamos a favor de un proyecto que genere certidumbre y confianza social y que por tanto propicie sólidas condiciones de su apropiación por parte de la colectividad.
E) Estamos a favor de un proyecto que rescate el espíritu y los principios fundacionales de protección y vinculación del patrimonio arqueológico e histórico del Instituto Nacional de Antropología e Historia, estamos a favor de un proyecto que potencie el amor y consecuente rigor académico de los funcionarios depositarios de este resguardo patrimonial.
Sustentados en todo lo anterior, hemos ubicado las cinco áreas de riesgo que a continuación exponemos junto a los exhortos que para superarlas proponemos a las autoridades Federales, en particular al Instituto Nacional de Antropología e Historia y a las autoridades del Gobierno del Estado de México:
1.- PROTECCION DEL PATRIMONIO CULTURAL
· Exhortamos al Instituto Nacional de Antropología e Historia y al Gobierno del Estado de México a establecer, de manera urgente, una mesa de trabajo que integre a los académicos y especialistas en la materia, para que en apego a las facultades del INAH y el interés del pueblo de México se preserve la integridad de la zona arqueológica de Teotihuacan
· Exigimos a las autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia cumplir cabalmente todas las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a este tipo de proyecto.
· Proponemos al Instituto Nacional de Antropología e Historia elaborar un programa obligatorio de introducción y capacitación básica a cualquier trabajador externo a la institución contratado para desempeñar cualquier función laboral temporal en cualquier zona arqueológica. Este curso de introducción deberá resaltar los valores y la importancia del patrimonio cultural de que se trate.
2.- SUSPENSION DE LOS TRABAJOS DE PERFORACION Y ANCLAJE
· Nos pronunciamos a favor del resguardo del patrimonio cultural, en particular de la Zona Arqueológica de Teotihuacan, por lo que reiteramos la intervención del Instituto Nacional de Antropología e Historia para suspender las obras de perforación, anclaje y colocación de canaletas, en tanto que la Mesa Académica de trabajo emita los resultado de sus investigaciones, y pueda conocerse el nivel de deterioro o la posible destrucción de los monumentos arqueológicos y que el Consejo de Arqueología proponga la instalación y garantice la autorización de un sistema de iluminación no lesivo a los monumentos de la Zona Arqueológica de Teotihuacan.
3.- REVERSION DE LOS PROCESOS LESIVOS
· Solicitamos el retiro de todos los implementos, desperdicio, y sobrantes de la instalación del proyecto rechazado, así como proceder al sellado temporal de los orificios a efecto de prevenir posibles filtraciones al basamento original de las pirámides.
· Exigimos al Instituto Nacional de Antropología e Historia la ejecución, y en su caso la estricta supervisión de los trabajos arriba señalados.
· Para efectos de la restauración, consideramos como obligación ineludible del INAH la conformación de un equipo interdisciplinario que elabore y ejecute un programa de restauración, el cual deberá contemplar el tiempo necesario y los recursos suficientes para realizar las obras correspondientes, otorgando absoluta prioridad a recuperar en la medida de lo posible la integridad de los monumentos arqueológicos, por lo menos del e en que se encontraban, antes de las ejecución de las obras del montaje del proyecto Resplandor Teotihuacano.
4.- PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD ACADEMICA Y EXPERTOS DEL INAH EN EL DISEÑO DE LOS PROYECTOS
· Recomendamos al Instituto Nacional de Antropología e Historia consolidar un proyecto vinculante e interdisciplinario, que cuente con el aval y la participación de académicos y expertos de dicho Instituto.
· Solicitamos a las autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia, nos entreguen copia del argumento, libreto y guión autorizados por la institución, así como del proyecto ejecutivo, de la autorización emitida por la Dirección General del Instituto y de las bitácoras de obra.
5.- TRANSPARENCIA Y RENDICION DE CUENTAS.
· Recomendamos a las autoridades del Instituto Nacional de Antropología e Historia, así como a las autoridades del Gobierno del Estado de México, deslindar responsabilidades, por medio de una investigación abierta, y que en su caso, se apliquen las sanciones administrativas o penales, a quien o quienes resultasen responsables.
· Proponemos, que en caso de haberse cumplido con lo previsto por el marco jurídico vigente, se garantice la integridad del patrimonio arqueológico de la zona de Teotihuacan a través de los mecanismos técnico-administrativos que se contemplan para tal fin, por lo que se propone valorar la pertinencia de iniciar los procesos a que haya lugar, inclusive el de licitación, con el fin de que la empresa que desarrolle y/o instale el proyecto de iluminación de la zona, acredite experiencia en montaje y diseño en inmuebles arqueológicos, de importancia semejante a la Zona Arqueológica de Teotihuacan, y que integre los últimos adelantos tecnológicos en la materia al proyecto.
· Exigimos evitar a toda costa la especulación inmobiliaria, así como un irracional e irrefrenable proceso de cambio de uso de suelo, a efecto de garantizar uno de los objetivos primordiales del proyecto, consistente en garantizar la preservación de las áreas de protección y amortiguamiento de la zona arqueológica de Teotihuacan.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 21 días del mes de enero de 2009.
DIP. EMILIO ULLOA PÉREZ
PRESIDENTE
DIP. RAMÓN IGNACIO LEMUS MUÑOZ LEDO
SECRETARIO DEL GPPAN
DIP. MA. DE LAS NIEVES NORIEGA BLANCO VIGIL
SECRETARIA DEL GPPAN
DIP. JOSÉ ALFONSO SUÁREZ DEL REAL Y AGUILERA
SECRETARIO DEL GPPRD
DIP. AURORA CERVANTES RODRÍGUEZ
SECRETARIA DEL GPPRD
DIP. BEATRIZ PAGÉS LLERGO REBOLLAR
SECRETARIA DEL GPPRI
DIP. BLANCA LUNA BECERRIL
SECRETARIA DEL GP NUEVA ALIANZA
[1].Cita en, Miguel León Portilla, Azteca-Mexicas, México, Algaba ediciones 2005, pp. 31-33
[2] Citado en, Manuel Gamio, La Población del Valle de Teotihuacan, México, Instituto Nacional Indigenista, Tomo II, Pág. 101